Actualizado el 23 de junio de 2021
Procedimiento civil :
Un aspecto importante es la ejecución provisional de las sentencias civiles en primera instancia, que antes no se ejecutaban provisionalmente, pero ahora sí, y en consecuencia un recurso ya no es en principio suspensivo de la ejecución.
A través de una serie de medidas, entre ellas ésta, el legislador quiso replantear el procedimiento de apelación para que dejara de ser una oportunidad de prolongar indefinidamente un caso y volviera a centrarse en su función principal de instrumento para criticar la decisión de primera instancia, en lugar de un medio para llevar a cabo un juicio alternativo.
También en este caso, la medida dinamiza la primera instancia, ya que antes era posible citar a alguien "sobre el fondo" sin solicitar previamente una fecha para la vista, lo que podía dejar dudas sobre la voluntad real de llevar un caso ante el tribunal o la necesidad de disponer rápidamente de un abogado.
Procedimiento penal :
Una característica destacada, entre otras, es que
Con respecto a la pena de prisión :
Las penas de prisión inferiores a un mes están prohibidas, la prisión, si se dicta, debe ser superior a un mes.
Hasta seis meses de prisión, sin condena condicional ni suspensión condicional, la pena debe ajustarse en la vista, si al menos es técnicamente factible (si no por el JAP con posible conversión a trabajos en beneficio de la comunidad o multa de un día, al menos en ausencia de una orden de ingreso en prisión, porque con una orden de ingreso en prisión la intervención del JAP puede ser tardía, de 4 a 5 meses):
- arresto domiciliario
- Semilibertad
- Colocación
- (TIG, día-fino)
Más allá de los seis meses y hasta un año de prisión firme, este ajuste puede ser parcial.
De uno a dos años de condena: posible ajuste posterior a la condena por parte del JAP, sólo para los delincuentes no reincidentes (?), y si se dicta la orden de ingreso en prisión, la intervención del JAP puede ser tardía (de 4 a 5 meses).
La orden de ingreso en prisión puede tener un efecto diferido (encarcelamiento diferido), más allá de 6 meses, si esta orden no se ejecuta provisionalmente, la interposición de un recurso puede suspender el encarcelamiento.
Las penas de privación o restricción de derechos, las penas de libertad condicional, los servicios a la comunidad y el brazalete son penas autónomas o complementarias.
El pronunciamiento de una orden de ingreso en prisión y una modificación implica la intervención del JAP en un plazo de cinco días.
Existe una tipología de penas según el tipo de delito, el perfil del delincuente y la política del fiscal.