I. Interpretación
La interpretación habitual :
Artículo 1104
Los contratos deben negociarse, formarse y ejecutarse de buena fe.
Esta disposición es de orden público.
(Así, por ejemplo, este principio, en el contexto de la crisis sanitaria provocada por la epidemia de SRAS CoV-2 (o Covid 19), ha permitido revisar el derecho de los arrendamientos comerciales y la excepción de incumplimiento.
artículo 1119
Las condiciones generales invocadas por una de las partes sólo surtirán efecto respecto de la otra si han sido puestas en conocimiento de ésta y si ésta las ha aceptado.
En caso de discrepancia entre las condiciones generales invocadas por cualquiera de las partes, las cláusulas incompatibles quedan sin efecto.
En caso de discrepancia entre las condiciones generales y las condiciones particulares, estas últimas prevalecerán sobre las primeras.
Artículo 1166
Cuando la calidad de la prestación no esté determinada o no pueda determinarse en virtud del contrato, el deudor deberá proporcionar una calidad de prestación que se ajuste a las expectativas legítimas de las partes teniendo en cuenta su naturaleza, su uso y el importe de la contraprestación.
Artículo 1188
El contrato se interpreta según la intención común de las partes y no según el significado literal de sus términos.
Cuando no pueda detectarse esta intención, el contrato se interpretará de la forma en que lo interpretaría una persona razonable en la misma situación.
Artículo 1189
Todas las cláusulas de un contrato deben interpretarse en relación con las demás, dando a cada una el sentido que respete la coherencia de todo el acto.
Cuando, con la intención común de las partes, varios contratos contribuyan a la misma transacción, se interpretarán de acuerdo con dicha transacción.
artículo 1190
En caso de duda, el contrato de mutuo acuerdo se interpreta en contra del acreedor ya favor del deudor, y el contrato de adhesión en contra de quien lo propuso.
Artículo 1191
Cuando una cláusula puede tener dos significados, el que le da efecto prevalece sobre el que no le da ninguno.
Artículo 1192
Las cláusulas claras y precisas no pueden interpretarse so pena de distorsión.
Artículo 1194
Los contratos son vinculantes no sólo por lo que en ellos se expresa, sino también por todas las consecuencias que la equidad, los usos o la ley les atribuyen.
Artículo 1195
Si un cambio de circunstancias imprevisible en el momento de la celebración del contrato hace que el cumplimiento sea excesivamente oneroso para una parte que no había aceptado asumir el riesgo, dicha parte puede solicitar a la otra la renegociación del contrato. Ésta seguirá cumpliendo sus obligaciones durante la renegociación.
Si la renegociación se rechaza o fracasa, las partes pueden acordar rescindir el contrato, en la fecha y condiciones que determinen, o solicitar al tribunal de mutuo acuerdo que lo adapte. Si no se llega a un acuerdo en un plazo razonable, el juez podrá, a petición de una de las partes, revisar el contrato o rescindirlo, en la fecha y en las condiciones que determine.
Artículo 1210
Los compromisos perpetuos están prohibidos.
Cualquiera de las partes contratantes puede rescindirlo en las condiciones previstas para los contratos indefinidos.
Artículo 1211
Cuando el contrato se celebre por tiempo indefinido, cualquiera de las partes podrá rescindirlo en cualquier momento, siempre que respete el plazo de preaviso acordado contractualmente o, en su defecto, un plazo razonable.
Artículo 1212
Cuando el contrato se celebre por un plazo determinado, cada una de las partes deberá cumplir el contrato hasta su finalización.
Nadie puede exigir la renovación del contrato.
Artículo 1213
El contrato podrá prorrogarse si las partes contratantes así lo desean antes de su vencimiento. La prórroga no podrá afectar a los derechos de terceros.
Artículo 1214
El contrato de duración determinada puede renovarse por ley o por acuerdo de las partes.
La renovación da lugar a un nuevo contrato con el mismo contenido que el anterior pero de duración indefinida.
Artículo 1215
Cuando, al expirar el plazo de un contrato de duración determinada, las partes siguen cumpliendo sus obligaciones en virtud del contrato, se produce una renovación tácita. Esto tiene el mismo efecto que la renovación del contrato.
La interpretación del contrato de venta
Artículo 1602
El vendedor está obligado a explicar claramente a qué está obligado.
Cualquier acuerdo oscuro o ambiguo se interpreta en contra del vendedor.
La interpretación en el derecho de los consumidores
Código del consumidor :
Las cláusulas de los contratos ofrecidos por los comerciantes a los consumidores deben presentarse y redactarse de forma clara y comprensible.
En caso de duda, se interpretarán en el sentido más favorable al consumidor. No obstante, las disposiciones del presente apartado no se aplicarán a los procedimientos iniciados sobre la base del artículo L. 621-8.
Un decreto del Consejo de Estado precisará, con el fin de garantizar la información del consumidor, las modalidades de presentación de los contratos mencionados en el primer párrafo.